Cumplimiento en materia de denuncias para la industria y la cadena de suministro #
Los fabricantes afrontan obligaciones de denuncia desde dos frentes: la Directiva sobre protección del informante (2019/1937) para la denuncia interna y las leyes de diligencia debida en la cadena de suministro que exigen expresamente mecanismos de reclamación que cubran a los empleados y a terceros.
Normativas que exigen canales de denuncia #
- Directiva (UE) 2019/1937 — se aplica a todos los fabricantes con 50 o más trabajadores. Canales internos para los empleados.
- Ley alemana de cadena de suministro (LkSG) — en vigor desde enero de 2023. Obliga a las empresas con 1000 o más trabajadores (y a sus proveedores directos) a establecer un procedimiento de reclamación accesible a las personas afectadas en la cadena de suministro, no solo a los empleados. Artículo 8 de la LkSG
- Directiva de la UE sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (CSDDD) — adoptada en 2024, con implementación gradual a partir de 2027. Obliga a las empresas con 1000 o más trabajadores y más de 450 millones de euros de facturación a establecer mecanismos de reclamación para las vulneraciones de derechos humanos y medioambientales en sus cadenas de valor.
- Reglamento de la UE sobre seguridad de los productos (2023/988) — obliga a los fabricantes a disponer de canales internos para comunicar inquietudes sobre la seguridad de los productos.
LkSG frente a la Directiva sobre protección del informante #
| Directiva sobre protección del informante | LkSG | |
|---|---|---|
| Quién puede comunicar | Empleados, contratistas | Empleados, proveedores, terceros afectados |
| Ámbito | Infracciones del Derecho de la UE o nacional | Derechos humanos, vulneraciones medioambientales en la cadena de suministro |
| Anonimato exigido | Varía según el país | No exigido pero recomendado (orientación de la BAFA) |
| Aplicación | Autoridades nacionales de protección del informante | BAFA (Oficina Federal alemana de Asuntos Económicos) |
| Sanciones | Varían según el país | Hasta el 2 % de la facturación global anual |
Las empresas sujetas a ambas leyes necesitan un canal que cubra obligaciones duales: la denuncia interna y la reclamación en la cadena de suministro. Un único canal de denuncias puede cubrir ambas si se configura correctamente.
Qué se comunica #
- Infracciones de seguridad laboral en las instalaciones de producción
- Incumplimientos medioambientales (emisiones, eliminación de residuos)
- Trabajo forzoso o condiciones de explotación en las instalaciones de los proveedores
- Defectos de seguridad de los productos ocultados a los reguladores
- Soborno en la contratación o en las relaciones con proveedores
- Elusión de los controles de exportación o de las sanciones
Por qué importa ahora #
La CSDDD extiende las obligaciones de diligencia debida en la cadena de suministro a toda la UE, no solo a Alemania. Las empresas que se preparan para el cumplimiento de 2027 necesitan tener implantados mecanismos de reclamación. Esperar significa adaptarse a contrarreloj, el mismo patrón que llevó a que cinco Estados miembros fueran multados por la transposición tardía de la Directiva.
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