¿Es obligatorio el canal de denuncias? Quién debe tenerlo en España #
Sí, y para la mayoría de las organizaciones el plazo ya venció. La Ley 2/2023 obliga a implantar un canal interno de denuncias (en términos legales, un Sistema interno de información) a las entidades del sector privado a partir de 50 trabajadores, a todo el sector público y a determinados sectores con independencia de su plantilla. Esta guía responde a las preguntas concretas: quién, desde cuándo, con qué requisitos y qué ocurre si no se cumple.
Quién está obligado #
| Tipo de organización | ¿Canal obligatorio? |
|---|---|
| Sector privado, 250 o más trabajadores | Sí, desde el 13 de junio de 2023 |
| Sector privado, 50 a 249 trabajadores | Sí, desde el 1 de diciembre de 2023 |
| Sector privado, menos de 50 trabajadores | No con carácter general, salvo que opere en un sector afectado |
| Todas las entidades del sector público | Sí |
| Entidades financieras y sujetas a prevención del blanqueo | Sí, con independencia de la plantilla |
| Entidades medioambientales y de seguridad en el transporte | Sí, con independencia de la plantilla |
La regla de los 50 trabajadores se aplica a la entidad. Los grupos de sociedades deben valorar la obligación entidad por entidad, no solo a nivel de matriz.
Desde cuándo #
Los dos plazos de implantación previstos por la Ley 2/2023 ya han vencido: el 13 de junio de 2023 para las organizaciones de 250 o más empleados y el 1 de diciembre de 2023 para las de 50 a 249. Una organización obligada que hoy no disponga de canal no está en un periodo de gracia, sino en situación de incumplimiento.
Lo relevante ahora es que la supervisión ha empezado a funcionar. La Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI) comenzó a operar el 1 de septiembre de 2025 y activó la supervisión de los canales en torno a febrero de 2026.
Qué debe cumplir el canal #
No basta con una dirección de correo electrónico. La Ley 2/2023 exige que el sistema interno de información reúna, como mínimo:
- Comunicaciones anónimas. El sistema debe permitir comunicar sin revelar la identidad, y mantener el diálogo con la persona informante aunque esta permanezca anónima.
- Confidencialidad. La identidad del informante, la de las personas afectadas y la información comunicada deben quedar protegidas frente a accesos no autorizados.
- Canal escrito y verbal. La ley contempla expresamente las comunicaciones escritas y las verbales, así como la posibilidad de solicitar una reunión presencial.
- Plazos. Acuse de recibo en un plazo de siete días y respuesta al informante en un plazo máximo de tres meses.
- Responsable del sistema. El órgano de administración debe designar a una persona responsable de la gestión del sistema, que actúe con independencia.
- Procedimiento de gestión publicado. La organización debe aprobar un procedimiento que describa cómo se tramitan las comunicaciones y darlo a conocer.
- Registro de auditoría y conservación. Debe poder acreditarse qué se hizo con cada comunicación, con una política de conservación de datos definida.
- Protección frente a represalias. El canal es solo una parte; la ley prohíbe cualquier represalia contra quien comunica de buena fe.
Qué ocurre si no se cumple #
Carecer de sistema interno de información es una infracción muy grave conforme al artículo 63.1.g de la Ley 2/2023. Las sanciones para las personas jurídicas son:
| Categoría de la infracción (art. 65) | Personas jurídicas |
|---|---|
| Leve | hasta 100 000 € |
| Grave | 100 001-600 000 € |
| Muy grave, incluida la ausencia de sistema interno | 600 001-1 000 000 € |
A las infracciones muy graves la autoridad puede añadir la amonestación pública, la prohibición de obtener subvenciones o beneficios fiscales durante un máximo de cuatro años y la prohibición de contratar con el sector público durante un máximo de tres años.
El desglose completo, incluidas las sanciones a personas físicas y las autoridades autonómicas competentes, está en nuestra página sobre la Ley 2/2023 en España .
Cómo implantarlo #
- Confirme si está obligado según la tabla anterior, entidad por entidad.
- Designe a la persona responsable del sistema y documente su independencia.
- Elija el canal. Debe admitir comunicaciones anónimas, escritas y verbales, y dejar constancia de cada actuación.
- Apruebe y publique el procedimiento de gestión de las comunicaciones.
- Comunique el canal a la plantilla y a los terceros vinculados a la organización, de forma visible y permanente.
- Opere los plazos. Acuse de recibo en siete días, respuesta en tres meses, con seguimiento acreditable.
Las entidades privadas de 50 a 249 trabajadores pueden compartir el sistema interno de información con otras, y los municipios de menos de 10 000 habitantes pueden compartir medios. Compartir recursos reduce el coste, pero no traslada la responsabilidad: cada entidad sigue respondiendo de su propio canal.
Un canal conforme, operativo en minutos #
EthicsPortal cubre estos requisitos en un único plan: canal anónimo con mensajería bidireccional cifrada, comunicaciones verbales grabadas en el propio canal y anonimizadas por voz, seguimiento automático de los plazos de siete días y tres meses, registro de auditoría en modo solo anexión, eliminación automática de metadatos de los archivos y alojamiento en la UE conforme al RGPD.
Los precios son públicos , a tanto alzado y sin tarifas por trabajador. El producto está descrito en detalle , y nuestras comparativas lo sitúan frente a las demás plataformas del mercado.
Fuentes oficiales #
- Ley 2/2023, de 20 de febrero — texto oficial del BOE
- AIPI — canal externo de información
- AIPI — procedimiento sancionador
- Directiva (UE) 2019/1937, de 23 de octubre de 2019 — EUR-Lex
Preguntas frecuentes #
¿Es obligatorio el canal de denuncias en todas las empresas? #
No en todas. Es obligatorio en las entidades del sector privado con 50 o más trabajadores, en todas las entidades del sector público y, con independencia de la plantilla, en las entidades financieras y sujetas a prevención del blanqueo de capitales, las medioambientales y las de seguridad en el transporte.
¿Sirve un correo electrónico como canal de denuncias? #
No de forma fiable. Una dirección de correo no garantiza el anonimato del informante, no deja constancia acreditable de la tramitación ni permite el seguimiento de los plazos de siete días y tres meses. La Ley 2/2023 exige confidencialidad, posibilidad de comunicación anónima y trazabilidad de cada actuación.
¿Debe permitir el canal denuncias anónimas? #
Sí. El sistema interno de información debe permitir comunicar de forma anónima y mantener la comunicación con la persona informante aunque esta no revele su identidad.
¿Quién debe gestionar el canal de denuncias? #
El órgano de administración debe designar a una persona responsable de la gestión del sistema, que ha de desempeñar sus funciones de forma independiente y sin recibir instrucciones sobre casos concretos.
¿Cuánto cuesta implantar un canal de denuncias? #
Depende del proveedor. Buena parte del mercado no publica precios y trabaja con presupuestos comerciales, mientras que otros aplican tarifas por trabajador. EthicsPortal publica un precio único a tanto alzado que no varía con la plantilla; puede consultarlo en la página de precios .
¿Puede sancionarse a una empresa por no tener canal aunque nadie haya denunciado? #
Sí. La infracción del artículo 63.1.g consiste en no disponer del sistema interno de información en los términos exigidos por la ley, con independencia de que se haya presentado o no una comunicación.
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